Durante varios días, se mantuvo en discusión el caso del devastador accidente de tránsito ocurrido en noviembre de 2017, en el borde costero de las calles Blanco con Lillo de la comuna de Castro, el cual acabó con la muerte de un joven de Dalcahue después de que el vehículo donde iba se precipitara al mar.
El portal de noticias La Opinión de Chiloé estuvo haciendo seguimiento del caso e informó que no fue sino hasta este miércoles 6 de marzo, en que se dio a conocer el veredicto contra el acusado Fabián Matías Millapel Cácamo, fue encontrado culpable bajo los delitos de conducción en estado de ebriedad provocando muerte, daños y absolutorio por el crimen de denegación de auxilio en accidente de tránsito.
Asimismo, los magistrados encargados del caso señalaó que se pudo confirmar que “el día 25 de noviembre de 2017, aproximadamente a las 05:20 horas, en circunstancias que Fabián Matías Millapel Cárcamo conducía en manifiesto estado de ebriedad la camioneta placa patente HYWT-10 por calle Lillo S/N, sector muelle de las papas de Castro, debido a la disminución de sus capacidades psicomotoras perceptivas y reactivas por su ingesta de alcohol, colisionó una garita existente en el lugar y las barreras de contención de la costanera y debido a la fuerza del impacto la camioneta cayó al mar, resultando con daños de consideración, mientras su acompañante Sebastián Omar Aguilar Díaz quedó atrapado al interior de la camioneta sufriendo una ‘encefalopatía hipóxica producto de asfixia por sumersión’, que le causó la muerte. Acto seguido, Fabián Millapel Cárcamo avanzó a pie aproximadamente unos 100 metros del lugar del accidente, sin prestar la ayuda posible”.
«El estado de ebriedad en que se desempeñaba el imputado al momento de los hechos referidos constó al personal de la Armada de Chile que se constituyó en el lugar momentos después de lo sucedido, por las condiciones físicas en que éste se encontraba, y en base al Informe de Alcoholemia referido al imputado, el cual arrojó como resultado 1,14 gramos por mil de alcohol en su sangre al momento de la toma de la muestra respectiva a lo menos cuatro horas después de acaecidos los hechos referidos (Informe de Alcoholemia n.º 9850-2017 de fecha 20/03/2018)” continuaron.
Por otra parte, el tribunal aseguró que los hechos ocurridos son constitutivos únicamente del crimen consumado de conducción en estado de ebriedad provocando la muerte de Sebastián Omar Aguilar y daños. Todo esto basado en el artículo 196 vinculado con el artículo 110 de la Ley de Tránsito; ilícitos en el que responsabilizó al acusado por participación en calidad de autor, conforme a lo establecido en el artículo 15 nº.1 del Código Penal, tras haber participado en su fallecimiento de una forma inmediata y directa.
No obstante, el mencionado portal de noticias señaló que, el Ministerio Público de Castro está exigiendo que el acusado cumpla una condena de 5 años de presidio menor en su grado máximo por el crimen imputado; para el fue absuelto solicitaba otros cinco años.
Sin embargo, la pena que cumplirá dependerá de la decisión final del Tribunal Constitucional, debido a que con fecha 8 de febrero. La defensa del acusado presentó un recurso de inaplicabilidad de la Ley Emilia, en donde se acogió a tramitación el 21 de ese mismo mes. Esto podría tardar cerca de un año o más, así que no sería sino en el 2020 que se sepa cual será la condena que deberá enfrentar.