La audiencia del sujeto involucrado en un violento secuestro, registrado en julio de 2017, el cual dejó una serie de detenidos e imputados, será el próximo 24 de mayo, debido al incumplimiento por revocación, reemplazo o intensificación, de la pena sustitutiva, de arresto parcial nocturno domiciliario.
Se trata de Daniel Alejandro Aravena Almonacid, quien tendrá que cumplir una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, tomando en cuenta las accesorias de suspensión de cargo u oficio público en el transcurso de la condena, tras ser encontrado culpable ante su complicidad del delito consumado de secuestro, previsto y castigado de acuerdo a lo establecido por el artículo 141 inciso 3º del Código Penal, desarrollado en la ciudad de Rancagua, el pasado 17 de julio de 2017 contra la víctima identificada como R.A.V.M.
Ahora bien, los hechos tuvieron lugar en horas de la mañana de ese día, cuando la víctima fue abordada violentamente entre las calles El Trébol y Manuel Montt de Rancagua, por Claudio Alejandro Banda Mancilla, José Daniel Maldonado Uribe, Cristian Bayron Banda Mancilla, Jonathan Alexis Saldivia Toledo y otro individuo no identificado, quienes le colocaron esposa en sus manos y lo introdujeron en una camioneta.
Posteriormente, mientras se movilizaron por la Ruta 5 Sur se comunicaron con los familiares de la víctima exigiendo la suma de $5.000.000 a cambio de su libertad.
Los sujetos se encargaron de amenazar y torturar a la víctima con puños, pies, objetos contundentes e incluso recibió descargas eléctricas por medio de un electro shock portátil en varias zonas de su cuerpo.
Luego de que la familia del secuestrado efectuara los depósitos, la víctima fue abandonada en la Ruta 5 Sur específicamente en el kilómetro 129 en la población de San Fernando.
No obstante, el caso tuvo diversas sentencias, entre las más destacadas está la de Aravena Almonacid, quien no se limitó en beneficiarse de la reclusión parcial domiciliaria nocturna con control telemático. Con relación a esto, dos irregularidades relacionadas al imputado provocaron que el tribunal emitiera una orden para estudiar a fondo la revocación de dicho beneficio, siempre y cuando el antisocial cumpla con los 165 días que le quedan.
Es preciso señalar que, en dos ocasiones se refugiaron en el protocolo, tras recibir una alarma de vibración proveniente del dispositivo del imputado, una situación que hizo que se le llamara al aparato para exigirle que retornara a su vivienda y que esto sería notificado a los Tribunales, sin embargo, en una oportunidad ignoro la advertencia, mientras que en otro decidió volver a su domicilio cerca de la 1.30 horas de la madrugada, tres y media de acuerdo a lo establecido por la corte.
Fuente: La Opinión de Chiloé